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Voluntariado médico: cómo actuar más allá del Sistema Nacional de Salud

La cooperación internacional ofrece a los médicos vías reguladas para ejercer en emergencias y contextos vulnerables sin perder su vínculo laboral en España

Sanitaria cooperante atendiendo a una paciente

Intentar curar, aliviar el sufrimiento y acompañar a familiares y pacientes son los tres pilares de la profesión médica, que suele estar muy marcada por la vocación. Por lo que muchos profesionales sanitarios, que cada día ejercen en sus servicios de salud desde la responsabilidad ética y el compromiso con sus pacientes, sienten el deseo de hacerlo también en otras zonas del mundo donde el acceso a la salud es mucho más difícil.

Países con bajos recursos, situaciones de catástrofes, emergencias o postconflictos, son escenarios habituales para ejercer la medicina como voluntarios o cooperantes. Tomar la decisión de salir fuera de nuestras fronteras para trabajar en alguna misión o en programas de voluntariado durante un tiempo implica algunos pasos previos:

  • Solicitar un Certificado de Idoneidad: este documento garantiza la validez profesional y de seguridad del médico. Es gratuito y lo expide el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) con los datos que le facilita el colegio de médicos provincial de cada solicitante. Desde que se expide tiene una validez de tres meses1.
  • Contar con seguro de responsabilidad civil profesional y de viaje: todos los médicos en ejercicio deben contar con un seguro de responsabilidad civil ante posibles daños a raíz de su práctica médica. En el caso de la cooperación no es diferente.
  • Salir a países terceros requiere, por la propia seguridad del médico voluntario, disponer de un seguro de viaje que cubra cualquier incidente personal, desde problemas con el equipaje a asistencia médica y repatriación. La Fundación para la Cooperación Internacional (FCOMCI) de la Organización Médica Colegial (OMC) ofrece estos seguros de manera gratuita a los médicos que quieran hacer voluntariado en proyectos de cooperación2.
  • Tanto la FCOMCI como la propia Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID) señalan la importancia de la formación específica antes de salir a un proyecto de cooperación. La OMC destaca la utilidad de conocer aspectos como el contexto histórico y social de la región, las normas de seguridad o de comportamiento responsable en el lugar. Pero también habla de la formación en enfoque One Health, enfermedades olvidadas, salud materno-infantil o cirugía, para iniciarse en un primer destino3.

¿Están reguladas las acciones de cooperación y voluntariado para los sanitarios?

Quizá una de las primeras preguntas que se hace un médico cuando se plantea la posibilidad de acudir un periodo de tiempo “al terreno” para ejercer es si solo podrá hacerlo en sus vacaciones o si podrá disfrutar de algún tipo de permiso que le permita volver a su puesto de trabajo habitual cuando termine el periodo de voluntariado o el programa de cooperación.

La realidad es que existe regulación específica tanto para los voluntarios en general y, de forma concreta, para personal del Sistema Nacional de Salud, como para quienes deciden desarrollar una carrera profesional de cooperación internacional para el desarrollo sostenible y la acción humanitaria.

En este último caso, España cuenta con una nueva Ley de Cooperación desde 20234, por la que se desarrolló en 2024 un nuevo Estatuto de las Personas Cooperantes que aborda los derechos y deberes de los cooperantes, su relación jurídica con las entidades que promueven la cooperación y los deberes que tienen esas entidades con el personal cooperante. Estas van desde la formación hasta los periodos de excedencia. También trata el apoyo al retorno y la certificación de las labores realizadas, entre otros aspectos laborales5.

Derecho a tener un permiso

En el caso de los sanitarios que quieran salir del Sistema Nacional de Salud para trabajar en una misión en emergencias humanitarias como voluntarios, existe el derecho a disfrutar de un permiso para poder hacerlo. La Ley 45/2015 de voluntariado tiene una disposición específica para el personal del SNS que indica el derecho a tener ese permiso:

  • Tendrá una duración de tres meses, que podrá prorrogarse hasta un máximo de seis meses.
  • Es un permiso no retribuido o puede estarlo parcialmente.
  • Durante el tiempo de permiso, el profesional se considera en situación de servicio activo y se le reserva su puesto de trabajo habitual.
  • Para el personal estatutario, el tiempo de permiso computa para los trienios y para la carrera profesional6.

El Estatuto Marco de los sanitarios, la ley que establece las condiciones laborales básicas de los trabajadores estatutarios de los servicios de salud, contempla una situación de “servicios especiales” en la que la administración pública concede un permiso de más de seis meses para colaborar en programas de cooperación de ONG o de organismos nacionales e internacionales7.

Variabilidad entre comunidades

Las comunidades autónomas son las encargadas de gestionar y otorgar estos permisos y, en definitiva, tienen la última palabra sobre si un médico que lo solicita puede irse a un proyecto de cooperación. Algunas comunidades han desarrollado sus propias regulaciones, como Canarias, Andalucía, Comunidad Valenciana o Castilla y León.

Pero esta regulación autonómica no cuenta con criterios comunes entre sí sobre la tramitación de los permisos, la retribución, los efectos laborales que tiene durante la vigencia del permiso, etc. Organizaciones profesionales como la Fundación para la Cooperación Internacional de la Organización Médica Colegial trabajan con las comunidades autónomas para unificar criterios y armonizar todos estos procesos y las condiciones en las que los médicos salen fuera8.


Fuentes:

1 Certificado Electrónico de Idoneidad Profesional. Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM). https://www.cgcom.es/servicios/servicios-administrativos/certificado-electronico-de-idoneidad-profesional

2 Seguros de la Fundación de los Colegios Médicos para la Cooperación Internacional. Fundación para la Cooperación Internacional (FCOMCI) de la OMC. https://www.fcomci.com/prestaciones/seguro-de-vida-viaje-y-rcp

3 La OMC abre un curso esencial para comenzar a trabajar en cooperación internacional. Organización Médica Colegial. https://www.medicosypacientes.com/articulo/la-omc-abre-un-curso-esencial-para-comenzar-a-trabajar-en-cooperacion-internacional/

4 Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-4512

5 Real Decreto 708/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de las personas cooperantes. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-15202

6 Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11072

7 Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23101

8 La FCOMCI presenta un documento con propuestas para facilitar la concesión de permisos en misiones de cooperación internacional. Médicos y Pacientes, portal informativo de la Organización Médica Colegial. La FCOMCI presenta un documento con propuestas para facilitar la concesión de permisos en misiones de cooperación internacional – Médicos y Pacientes – Portal informativo de la Organización Médica Colegial

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Países con bajos recursos, situaciones de catástrofes, emergencias o postconflictos, son escenarios habituales para ejercer la medicina como voluntarios o cooperantes. Tomar la decisión de salir fuera de nuestras fronteras para trabajar en alguna misión o en programas de voluntariado durante un tiempo implica algunos pasos previos:

  • Solicitar un Certificado de Idoneidad: este documento garantiza la validez profesional y de seguridad del médico. Es gratuito y lo expide el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) con los datos que le facilita el colegio de médicos provincial de cada solicitante. Desde que se expide tiene una validez de tres meses1.
  • Contar con seguro de responsabilidad civil profesional y de viaje: todos los médicos en ejercicio deben contar con un seguro de responsabilidad civil ante posibles daños a raíz de su práctica médica. En el caso de la cooperación no es diferente.
  • Salir a países terceros requiere, por la propia seguridad del médico voluntario, disponer de un seguro de viaje que cubra cualquier incidente personal, desde problemas con el equipaje a asistencia médica y repatriación. La Fundación para la Cooperación Internacional (FCOMCI) de la Organización Médica Colegial (OMC) ofrece estos seguros de manera gratuita a los médicos que quieran hacer voluntariado en proyectos de cooperación2.
  • Tanto la FCOMCI como la propia Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID) señalan la importancia de la formación específica antes de salir a un proyecto de cooperación. La OMC destaca la utilidad de conocer aspectos como el contexto histórico y social de la región, las normas de seguridad o de comportamiento responsable en el lugar. Pero también habla de la formación en enfoque One Health, enfermedades olvidadas, salud materno-infantil o cirugía, para iniciarse en un primer destino3.

¿Están regulada las acciones de cooperación y voluntariado para los sanitarios?

Quizá una de las primeras preguntas que se hace un médico cuando se plantea la posibilidad de acudir un periodo de tiempo “al terreno” para ejercer es si solo podrá hacerlo en sus vacaciones o si podrá disfrutar de algún tipo de permiso que le permita volver a su puesto de trabajo habitual cuando termine el periodo de voluntariado o el programa de cooperación.

La realidad es que existe regulación específica tanto para los voluntarios en general y, de forma concreta, para personal del Sistema Nacional de Salud, como para quienes deciden desarrollar una carrera profesional de cooperación internacional para el desarrollo sostenible y la acción humanitaria.

En este último caso, España cuenta con una nueva Ley de Cooperación desde 20234, por la que se desarrolló en 2024 un nuevo Estatuto de las Personas Cooperantes que aborda los derechos y deberes de los cooperantes, su relación jurídica con las entidades que promueven la cooperación y los deberes que tienen esas entidades con el personal cooperante. Estas van desde la formación hasta los periodos de excedencia. También trata el apoyo al retorno y la certificación de las labores realizadas, entre otros aspectos laborales5.

Derecho a tener un permiso

En el caso de los sanitarios que quieran salir del Sistema Nacional de Salud para trabajar en una misión en emergencias humanitarias como voluntarios existe el derecho a disfrutar de un permiso para poder hacerlo. La Ley 45/2015 de voluntariado tiene una disposición específica para el personal del SNS que indica el derecho a tener ese permiso:

  • Tendrá una duración de tres meses, que podrá prorrogarse hasta un máximo de seis meses.
  • Es un permiso no retribuido o puede estarlo parcialmente.
  • Durante el tiempo de permiso, el profesional se considera en situación de servicio activo y se le reserva su puesto de trabajo habitual.
  • Para el personal estatutario el tiempo de permiso computa para los trienios y para la carrera profesional6.

El Estatuto Marco de los sanitarios, la ley que establece las condiciones laborales básicas de los trabajadores estatutarios de los servicios de salud contempla una situación de “servicios especiales” en la que la administración pública concede un permiso de más de seis meses para colaborar en programas de cooperación de ONGs o de organismos nacionales e internacionales7.

Variabilidad entre comunidades

Las comunidades autónomas son las encargadas de gestionar y otorgar estos permisos y, en definitiva, tienen la última palabra sobre si un médico que lo solicita puede irse a un proyecto de cooperación. Algunas comunidades han desarrollado sus propias regulaciones, como Canarias, Andalucía, Comunidad Valencia o Castilla y León.

Pero esta regulación autonómica no cuenta con criterios comunes entre sí sobre la tramitación de los permisos, la retribución, los efectos laborales que tiene durante la vigencia del permiso, etc. Organizaciones profesionales como la Fundación para la Cooperación Internacional de la Organización Médica Colegial trabaja con las comunidades autónomas para unificar criterios y armonizar todos estos procesos y las condiciones en las que los médicos salen fuera8.


Fuentes:

1 Certificado Electrónico de Idoneidad Profesional. Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM). https://www.cgcom.es/servicios/servicios-administrativos/certificado-electronico-de-idoneidad-profesional

2 Seguros de la Fundación de los Colegios Médicos para la Cooperación Internacional. Fundación para la Cooperación Internacional (FCOMCI) de la OMC. https://www.fcomci.com/prestaciones/seguro-de-vida-viaje-y-rcp

3 La OMC abre un curso esencial para comenzar a trabajar en cooperación internacional. Organización Médica Colegial. https://www.medicosypacientes.com/articulo/la-omc-abre-un-curso-esencial-para-comenzar-a-trabajar-en-cooperacion-internacional/

4 Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-4512

5 Real Decreto 708/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de las personas cooperantes. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-15202

6 Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11072

7 Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23101

8 La FCOMCI presenta un documento con propuestas para facilitar la concesión de permisos en misiones de cooperación internacional. Médicos y Pacientes, portal informativo de la Organización Médica Colegial. La FCOMCI presenta un documento con propuestas para facilitar la concesión de permisos en misiones de cooperación internacional – Médicos y Pacientes – Portal informativo de la Organización Médica Colegial

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